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Reemplazo del Certificado de Nacimiento

Un certificado de nacimiento es un documento oficial que verifica la identidad, el nombre, la edad, la fecha y lugar de nacimiento de una persona. Un certificado de nacimiento se utiliza para muchos fines diferentes e incluso es requerido cuando se solicita un pasaporte de EE.UU. El certificado de nacimiento es emitido por cada estado y el proceso de reemplazo varía dependiendo del estado en el que usted haya nacido. La Guía de reemplazo del certificado de nacimiento proporciona una detallada explicación del proceso de reemplazo del certificado de nacimiento en cada estado de América.
Qué está incluido

Certificado de nacimiento para los ciudadanos de EE.UU. nacidos en el extranjero: 

A las personas nacidas fuera de los Estados Unidos se les entregará el Form DS-240 (informe consular del nacimiento en el extranjero de un ciudadano de los Estados Unidos de América) o el Form DS-1350 (certificación del informe de nacimiento). Estos formularios contienen la misma información que un certificado de nacimiento de los EE.UU. y son reconocidos como documentos oficiales. El Form DS-240 y Form DS-1350 sólo se pueden obtener si el nacimiento fue registrado en una consulado o en una embajada de EE.UU. Las personas nacidas en el extranjero no pueden obtener un certificado de los EE.UU., al igual que las personas nacidas en los EE.UU. no pueden solicitar el Form DS-240 y Form DS-1350. Para más información sobre cómo obtener una copia del Form DS-240 y el Form DS-1350 ordene la Guía de reemplazo del certificado de nacimiento.
Requisitos de elegibilidad del certificado de nacimiento: Solamente las personas nacidas en los Estados Unidos pueden solicitar el reemplazo de su certificado de nacimiento de los EE.UU. Esto también se aplica a las personas nacidas en los Estados Unidos que no sean ciudadanos estadounidenses. Estos niños son conocidos con frecuencia como Bebés Ancla. Los padres y otros miembros de la familia pueden posteriormente emigrar a los Estados Unidos a través del niño nacido en Estados Unidos. Una persona extranjera nacida en los Estados Unidos, en la mayoría de los casos tendrá automáticamente la Doble Ciudadanía en el momento del nacimiento. Las personas nacidas en el extranjero deben tener su nacimiento debidamente registrado en un consulado o en una Embajada de los EE.UU. para que se les pueda expedir el Form DS-240 y el Form DS-1350.

Se requiere una copia de su certificado de nacimiento en las siguientes solicitudes:

  • Pasaporte de los EE.UU.
  • Certificado de Ciudadanía
  • Solicitud de una Green Card
  • Licencia de Manejo de los EE.UU.
  • Tarjeta de la Seguridad Social
  • ITIN (Número de Identificación Individual del Contribuyente)
Descargue la Guía Reemplazo del Certificado de Nacimiento para obtener más información.